Licencia por Incapacidad Temporal y/o Maternidad

Descripción

Los préstamos por licencias son otorgados exclusivamente a los miembros aportantes del FESUNAT por incapacidad temporal y/o maternidad proceden únicamente cuando el trabajador no haya recibido el subsidio de ESSALUD y se otorgarán a los trabajadores aportantes, como consecuencia de una licencia por incapacidad temporal o goce de licencia por maternidad. El referido préstamo será equivalente a las remuneraciones netas mensuales que el trabajador no percibirá durante la licencia otorgada y no se aplica la evaluación de liquidez referida en el artículo 5° del presente reglamento y requerirá garante. El monto máximo a otorgar como préstamo de licencia será el 70% del ingreso neto, considerado como tal al ingreso bruto menos los descuentos de ley, con un tope mensual de cinco mil con 00/100 soles (S/ 5 000) y un máximo total de treinta mil con 00/100 soles (S/ 30 000).

En el caso de los trabajadores que perciban su remuneración al amparo de los Decretos Legislativos N° 673 y N° 680 se tomará como base la remuneración básica y los demás conceptos que formen parte de dicha remuneración. El préstamo de Incapacidad Temporal es otorgado siempre y cuando el trabajador aportante presente descansos médicos por más de veintiún (21) días acumulados en el ejercicio. Si el aportante solicita un préstamo adicional teniendo pendiente el pago del préstamo de licencia antes de los tres meses de transcurrido el desembolso deberá coordinar el pago del mismo financiándolo según lo establecido en el manual de cobranzas y de acuerdo a los lineamientos del reglamento de préstamo vigente. Todos los préstamos de licencia o incapacidad temporal serán validados inicialmente por la (el)Asistenta(e) Social o el coordinador de bienestar de ser el caso, quien dará su conformidad refrendando la documentación y filtros realizados para luego derivar al área de préstamos el requerimiento y se proceda según corresponda. El procedimiento de cobro por este tipo de préstamo esta detallado en el manual de gestión y procedimiento de cobranzas.

Este préstamo no tiene intereses.

El costo administrativo es el 0.5% del monto desembolsado, cobrado en la primera cuota.

Ver el Artículo 15 del Reglamento de Préstamos.